Polémica en Dolores por la privatización de las fotomultas: denuncian ilegalidad y favorecimiento a una empresa
El municipio de Dolores, conducido por el intendente Juan Pablo García, se encuentra en el centro de la controversia tras lanzar las Licitaciones Públicas Nº 03/2026 y Nº 04/2026 para el control, juzgamiento y cobro de fotomultas por hasta 15 años. Opositores y referentes de La Libertad Avanza presentaron denuncias ante el Ministerio de Transporte bonaerense, la Defensoría del Pueblo y el Tribunal de Cuentas por presunto direccionamiento y severas irregularidades normativas.
El aspecto más gravoso del pliego es la cesión a la firma privada del juzgamiento de actas e incluso la emisión de “Sentencias Automáticas” para quienes no paguen voluntariamente. Esta medida choca directamente con el Artículo 28 de la Ley Provincial Nº 13.927 de Tránsito, que establece que la constatación de faltas es indelegable, exige que los operadores sean funcionarios públicos y restringe el juzgamiento de forma exclusiva a la Justicia de Faltas.
En cuanto a los señalamientos de direccionamiento, el pliego impone como requisito excluyente que los oferentes sean fabricantes directos de los equipos y titulares de la homologación ante el INTI o la Secretaría de Industria. Esta cláusula elimina a empresas operadoras de seguridad vial que utilizan tecnología de terceros debidamente homologada, otorgando además un puntaje adicional a quienes acrediten antecedentes en distritos bonaerenses.
Desde la oposición denuncian que las condiciones estarían armadas a la medida de la empresa Secutrans. El Municipio previamente rescindió de forma anticipada el contrato con CECAITRA para contratar de manera directa a Secutrans; sin embargo, tras las advertencias del Tribunal de Cuentas sobre la imposibilidad legal de concretar esa adjudicación directa, el Ejecutivo local habría recurrido a este proceso licitatorio.
A este entramado se suma la Licitación N° 04/2026, enfocada en la cobranza prejudicial y judicial, la cual faculta a la empresa adjudicataria a proponer a los abogados apoderados del Municipio. Además, el pliego establece que los poderes concedidos a dichos representantes legales no podrán ser revocados por la comuna sin la expresa aprobación del Concejo Deliberante por dos tercios o el aval de la propia contratista.
Ante la consulta sobre las objeciones presentadas, desde el Ministerio de Transporte bonaerense aclararon de forma tajante que ninguna empresa tiene potestad para revisar juzgamientos, aplicar sentencias automáticas o determinar la tipificación de las faltas, dado que son facultades fijadas por ley y reservadas a las autoridades competentes.
Frente a las denuncias de la oposición y las advertencias del Gobierno de la provincia de Buenos Aires por violar la legislación vigente, la Municipalidad de Dolores se limitó a responder que a la licitación “se puede presentar cualquier empresa”.
