Piden poner en funcionamiento el Consejo Provincial de Seguridad Vial
El diputado Valentín Miranda presentó un proyecto de ley mediante el cual solicita que se ponga en funcionamiento el Consejo Provincial de Seguridad Vial (CO.PRO.SE.VI.).
En la medida sostiene que el “objeto es solicitar al Poder Ejecutivo arbitre los medios necesarios, a fin de poner en funcionamiento el Consejo Provincial de Seguridad Vial (CO.PRO.SE.VI.), estipulado en el artículo 10° de la ley 13.927” ya que la provincia de Buenos Aires adhirió a las leyes nacionales de tránsito 24.449 y 26.363, con el objetivo de unificar criterios y pautas de prevención en la siniestralidad vial, y el control del tránsito.
El Consejo Provincial de Seguridad Vial (CO.PRO.SE.VI.), se creó a los fines de convertirse en una herramienta de suma importancia en la problemática en cuestión y tiene entre sus funciones:
- Fomentar todo tipo de medidas relacionadas con la prevención de siniestros en las carreteras y vías públicas.
- Proponer políticas de prevención de accidentes.
- Aconsejar medidas de interés general según los fines de la legislación vigente en materia de tránsito.
- Evaluar permanentemente la efectividad de las normas técnicas y legales.
- Alentar y desarrollar la formación y educación vial.
- Auspiciar y desarrollar la capacitación de técnicos y funcionarios.
- Instrumentar el intercambio de información y técnicas con el Consejo Federal de Seguridad Vial, la Agencia Nacional de Seguridad Vial y otros organismos nacionales e internacionales.
- Fomentar y desarrollar la investigación accidentológica, promoviendo la implementación de las medidas que resulten de sus conclusiones.
- Realizar campañas de difusión de educación vial.
- Suscribir convenios con entidades intermedias que tengan por objeto la materia de seguridad vial.
- Coordinar políticas con los municipios para la implementación de acciones y medidas pertinentes que tengan como objetivo unificar y asegurar el correcto cumplimiento y transparencia de los procedimientos de expedición de licencias de conducir en los mismos.
El legislador, finalmente expresa que “el decreto provincial 532/09, mediante el cual se reglamentó la ley 13927, en su Anexo II, Título II, establece las pautas de creación del Consejo, tales como su conformación, funciones, competencias, etc.”, argumentando así su pedido de que se ponga en funcionamiento el Consejo.


